SEGUNDA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE AYUDAS PARA LA REHABILITACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES (PROGRAMA PAREER II)
Las bases de este programa de ayudas contemplan que irán dirigidas hacia:
- Los propietarios de edificios existentes destinados a cualquier uso, siempre que tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública.
- Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda. Por ejemplo, constituidas como Propiedad Horizontal.
- Los propietarios que de forma agrupada principalmente propietarios de edificios y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.
- Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios.
- Las empresas de servicios energéticos.
Las acciones deben ir dirigidas a mejorar la calificación energética total del edificio. Como mínimo en una letra de medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono, con respecto a la calificación energética inicial del edificio. Esta mejora de su calificación energética podrá obtenerse mediante la realización de una tipología de actuación o una combinación de varias.
Fuente: http://www.idae.es/ayudas-y-financiacion/para-rehabilitacion-de-edificios-programa-pareer/segunda-convocatoria-del
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